Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta(REIR) para declarar o repatriar e invertir rentas

1. ¿Qué es el REIR?

  • Un régimen cuya finalidad es promover la formalización de la economía y ampliar la base tributaria en relación con rentas no declaradas.
  • Beneficiará a Personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el Perú que no hayan declarado rentas generadas hasta el 31/12/2022.

2. Beneficios del régimen

  • Tasa reducida:
    • 10% para rentas declaradas.
    • 7% si se repatrían e invierten los fondos en el Perú.
  • Aprobación automática tras declaración y pago.
  • Confidencialidad de la información proporcionada.

3. Requisitos

  • Presentar una declaración jurada detallando las rentas no declaradas.
  • Pagar el total del impuesto al momento de la presentación.
  • Repatriar fondos y mantenerlos en el Perú por al menos 12 meses si aplica la tasa del 7%.

4. Plazos

  • Acogimiento al régimen: hasta el 29 de diciembre de 2024.
  • Rectificaciones solo para errores formales: hasta el 30 de junio de 2025.

5. Exclusiones

  • No pueden acogerse:
    • Funcionarios públicos (y sus familiares cercanos).
    • Personas con condenas por delitos tributarios, lavado de activos, terrorismo u otros relacionados.
    • Rentas vinculadas a jurisdicciones de alto riesgo o no cooperantes según el GAFI.
    • Deudas con Resolución de Determinación

6. Procedimientos

  • Declaración: Presentar a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT utilizando los formatos oficiales.
  • Pago: Mediante plataforma SUNAT con diversos métodos disponibles (tarjeta, cuenta bancaria, etc.).

7. Efectos legales

  • Cumplimiento pleno de obligaciones tributarias respecto a rentas no declaradas.
  • Exoneración de sanciones tributarias e intereses moratorios.
  • Extinción de acciones penales relacionadas, salvo en casos de información insuficiente o incompleta.

Definiciones clave

  • Rentas no declaradas: Rentas gravadas no reportadas al 31/12/2022, incluyendo incrementos patrimoniales no justificados.
  • Base imponible: Ingresos netos no declarados percibidos hasta esa fecha.

Fuente: https://personas.sunat.gob.pe/tengo-ingresos-extranjero/ley-ndeg-32201-ley-que-establece-regimen-excepcional-impuesto-renta

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