1. ¿Qué es el REIR?
- Un régimen cuya finalidad es promover la formalización de la economía y ampliar la base tributaria en relación con rentas no declaradas.
- Beneficiará a Personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el Perú que no hayan declarado rentas generadas hasta el 31/12/2022.
2. Beneficios del régimen
- Tasa reducida:
- 10% para rentas declaradas.
- 7% si se repatrían e invierten los fondos en el Perú.
- Aprobación automática tras declaración y pago.
- Confidencialidad de la información proporcionada.
3. Requisitos
- Presentar una declaración jurada detallando las rentas no declaradas.
- Pagar el total del impuesto al momento de la presentación.
- Repatriar fondos y mantenerlos en el Perú por al menos 12 meses si aplica la tasa del 7%.
4. Plazos
- Acogimiento al régimen: hasta el 29 de diciembre de 2024.
- Rectificaciones solo para errores formales: hasta el 30 de junio de 2025.
5. Exclusiones
- No pueden acogerse:
- Funcionarios públicos (y sus familiares cercanos).
- Personas con condenas por delitos tributarios, lavado de activos, terrorismo u otros relacionados.
- Rentas vinculadas a jurisdicciones de alto riesgo o no cooperantes según el GAFI.
- Deudas con Resolución de Determinación
6. Procedimientos
- Declaración: Presentar a través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT utilizando los formatos oficiales.
- Pago: Mediante plataforma SUNAT con diversos métodos disponibles (tarjeta, cuenta bancaria, etc.).
7. Efectos legales
- Cumplimiento pleno de obligaciones tributarias respecto a rentas no declaradas.
- Exoneración de sanciones tributarias e intereses moratorios.
- Extinción de acciones penales relacionadas, salvo en casos de información insuficiente o incompleta.
Definiciones clave
- Rentas no declaradas: Rentas gravadas no reportadas al 31/12/2022, incluyendo incrementos patrimoniales no justificados.
- Base imponible: Ingresos netos no declarados percibidos hasta esa fecha.